El estado de alarma: cómo te afecta como conductor y en tu día a día

El número de contagios por la pandemia del coronavirus en España no para de crecer y el Gobierno de nuestro país ha decidido establecer el estado de alarma. Así te afecta como conductor y en tu día a día.
Usa lo menos posible tu coche privado, intenta trabajar desde casa (si tu empresa te lo permite y tiene medios para el teletrabajo), cuando vayas al supermercado compra con sentido común y confínate en casa. Nada de salir a dar una vuelta a tomar algo a cualquier restaurante o bar. Los hábitos más frecuentes de los españoles se restringen de forma severa con la entrada en vigor del estado de alarma, decretada por el Gobierno de nuestro país ante el imparable y creciente número de contagios en toda España por la pandemia del coronavirus (más de 4.200 casos y 120 fallecidos).
La declaración del estado de alarma se va a realizar mañana de manera formal, tal y como ha adelantado Pedro Sánchez, a través de un Consejo de Ministros especial que se celebrará mañana sábado 14 de marzo. En un principio, el estado de alarma se va a aplicar durante 15 días a contar a partir del sábado 14 de marzo.
¿Y qué significa exactamente el estado de alarma? Pues estas son las restricciones más importantes para toda la población: limitar la circulación o la permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados; practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias; intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados; limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad; e impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de los productos de primera necesidad.
El estado de alarma está regulado en las leyes españolas a través del artículo 116 de la Constitución y también en la Ley Orgánica 4/1981. En su redacción e interpretación, se permite al Consejo de Ministros adoptar varias medidas extraordinarias para todo el territorio español en varios casos y situaciones y, entre ellas, en caso de “epidemias y situaciones de contaminación graves.”
El estado de alarma es diferente a los de excepción y sitio (sólo se aplican si están en peligro los derechos fundamentales de los ciudadanos españoles o si está en peligro la soberanía nacional). En el primero de los casos, el estado de alarma, derechos fundamentales como la liberta de expresión y de prensa no se ven afectados, aunque el Gobierno sí puede “limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados”.
La última vez que se declaró el estado de alarma en España fue en 2010, con motivo de la gran crisis y huelga de los controladores aéreos.
Jorge SERRANO.
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